La ley 842 de 2003 respalda los tramites de registro profesional, según lo estipulado en el artículo 6, 7, 8 y 9. CONSULTE AQUÍ
Estimado usuario, si Usted ya cuenta con Tarjeta Profesional Digital no debe pagar el trámite de reposición de tarjeta.
Se le informa a la ciudadanía que los profesionales que obtuvieron su Matrícula o Certificado antes del año 2020 y que recibieron su tarjeta profesional en físico, no deben realizar cambio de su documento, la tarjeta física es completamente válida.
En caso de que haya perdido su tarjeta física o por deterioro de esta, podrá solicitar su tarjeta digital a través del Chat institucional – portal web: www.copnia.gov.co o desde la línea WhatsApp 3016267510.
La entidad se encuentra en proceso de mejora tecnológica, razón por la cual las personas que requieran realizar alguna modificación en sus datos deberán solicitar dicha modificación a través de contactenos@copnia.gov.co y adjuntar la documentación correspondiente que soporte la solicitud, y el formato de autorización de tratamiento de datos que puede descargar aquí:
Recuerde que, para validar su registro profesional, usted puede descargar el Certificado de Vigencia y Antecedentes Disciplinarios a través de nuestra página web, sin costo alguno y de manera inmediata.
Agradecemos su comprensión.