MARTHA CECILIA GARCÍA DE GIL
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REPÚBLICA DE COLOMBIA
CONSEJO PROFESIONAL NACIONAL DE INGENIERÍA
COPNIA.
Resolución No.876
24 de Septiembre de 2008
Por la cual se confirma una denegación de un Certificado de Inscripción Profesional.
El Consejo Profesional Nacional de Ingeniería-COPNIA, en uso de sus facultades legales establecidas en el literal b), Artículo 26 de la Ley 842 de 2003 y
CONSIDERANDO:
1. Que el Consejo Profesional Nacional de Ingeniería-Seccional Valle del Cauca, mediante la Resolución 027 del 06 de agosto de 2008, denegó la solicitud de expedición del Certificado de Inscripción Profesional a MARTHA CECILIA GARCIA DE GIL, identificada con cédula de ciudadanía No. 32.511.612.
2. Que la MARTHA CECILIA GARCÍA DE GIL, es egresada de la Universidad del Valle en la que cursó y aprobó la carrera como “Tecnóloga en Sistemas de Información”.
3. Que la negativa se sustentó en que se encontró probado que el Acta de Grado presentada se adulteró, sustituyéndose la palabra “tecnóloga” del original por la de “ingeniera”.
4. Que no se cumplen los requisitos legalmente establecidos para acceder a la solicitud presentada.
RESUELVE.
ARTÍCULO PRIMERO: Confírmase la Resolución Seccional No. 027 del 06 de agosto de dos mil ocho (2008), proferida por el Consejo Profesional Nacional de Ingeniería-Seccional Valle del Cauca, por la cual se denegó la expedición del Certificado de Inscripción Profesional solicitado por MARTHA CECILIA GARCÍA DE GIL, sin perjuicio de la obligación que tiene legalmente de tramitar con el cumplimiento de los requisitos legales el Certificado de Inscripción Profesional correspondiente, en caso de que pretenda ejercer la profesión auxiliar que ostenta.
ARTÍCULO SEGUNDO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada Bogotá, D.C., a los veinticuatro (24) días del mes de septiembre de dos mil ocho (2008).
HERNANDO MONROY VALENCIA.
Presidente.
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