Por la cual se confirma una denegación de un
Certificado de Matrícula de Maestro de Obra
El
Consejo Profesional Nacional de Ingeniería-COPNIA, en uso de sus facultades
legales establecidas en el literal b), Artículo 26 de la Ley 842 de 2003 y
CONSIDERANDO:
1. Que el Consejo Profesional Nacional de Ingeniería-Seccional
Valle del Cauca, mediante la Resolución 039 del 01 de octubre de 2009, denegó
la solicitud de expedición de Certificado de Matrícula de Maestro de Obra
presentada por el señor ARBEY OSORIO CÁRDENAS.
2. Que el señor el señor ARBEY OSORIO CÁRDENAS, con su solicitud
presentó,para estudio y verificación
del COPNIA, la documentación requerida legalmente para obtener la mencionada
autorización.
3. Que la decisión de denegación se sustentó en el hecho de que no
fue posible verificar la información presentada a raíz de que en el proceso de
validación de la certificación expedida por el Arquitecto CAMILO TORRES ALDANA,
fueron realizadas infructuosamente varias llamadas telefónicas y se enviaron en
dos oportunidades oficios requiriendo la colaboración de dicho profesional para
la continuidad y el éxito del trámite solicitado; dichos oficios fueron
devueltos por dirección errada y con la anotación de que el “número telefónico
no está en servicio” o que “no contesta”.
4. Que por lo anterior, la Secretaría Seccional del Valle del Cuca,
requirió al solicitante aportar nueva certificación con el fin de dar trámite a
la petición.
5. Que presentada la nueva Certificación, se detectó a simple vista
que la firma de ésta no concuerda con la
firma de la Certificación que obraba en el expediente expedida por el
Arquitecto CAMILO TORRES ALDANA.
6. Que en consecuencia, la solicitud del señor ARBEY OSORIO
CÁRDENAS, no cumple con los requisitos legalmente establecidos para acceder a
la solicitud presentada,
RESUELVE.
ARTÍCULO PRIMERO: Confírmase la
Resolución Seccional No. 039 del primero (1º) de octubre de dos mil nueve (2009),
proferida por el Consejo Profesional Nacional de Ingeniería-Seccional Valle del
Cauca, por la cual se denegó la expedición del Certificado de Matrícula de
Maestro de Obra al señor ARBEY OSORIO CÁRDENAS, identificado con cédula de
ciudadanía No. 16.354.358, en razón a que fue imposible determinar el
cumplimiento de la totalidad de los requisitos legalmente establecidos para
acceder a la solicitud.
ARTÍCULO SEGUNDO: La presente Resolución
rige a partir de la fecha de expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada Bogotá, D.C., a los veintidós (22)
días del mes de octubre de dos mil nueve (2009).