Administradores de Obras Civiles
Los administradores de obras civiles sólo pueden intervenir en las actividades que su propia idoneidad les permite: planeación, organización, control y gestión eminentemente administrativa de una obra civil.

Por no ser idóneos académicamente, no pueden desempeñar actividades relacionadas directa y necesariamente con el ejercicio de la ingeniería civil tales como el diseño, contrucción, supervisión o interventoría estructural de edificios y demás obras civiles.

Conceptos:
NAL-CE-2011-00536